Hace 10 días, la ministra de Vivienda, Mª Antonia Trujillo, anunció
las polémicas medidas que permitirán construir mini-apartamentos de
protección oficial de entre 25 y 30 m2 y de cuatro metros de altura. Dice
que, de esa forma, los jóvenes podrán acceder a alguna vivienda.
También dice que las personas tenemos ciclos vitales en los que un
apartamento de 25 m2 nos es más que suficiente, y que han tenido mucho
éxito en otros países, sobre todo los nórdicos. No hay más que ir a Ikea para aprender a amueblar hasta el techo un habitáculo de esas características.

Las críticas les han llovido. Por ejemplo, para el Instituto de Política Familiar es una propuesta esperpéntica con la que el Gobierno «impedirá a las familias tener una vivienda digna y provocará la
disminución de la natalidad en España».

Pero, según los arquitectos Jorge Cortés y Borja García, que han participado en el proyecto APTM, es un debate falso:
«En Valencia, por ejemplo, el mínimo para viviendas de protección
oficial es de 24,90 metros cuadrados». En cuanto al precio que tendrán estas casas: «Es un prototipo y no se puede calcular el
precio real, aunque estaría en torno a 600 euros el metro
cuadrado, que comparado con los 3.000 y 4.000 euros que se están
pagando en Valencia… Saldría entre 18.000 y 24.000 euros. Pero lo
ideal es que lo promueva alguien y tenerla en régimen de alquiler.»

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Entrevista a Jorge Cortés y Borja García en El País: Las viviendas mínimas son una solución

La
vivienda mínima en España: primer paso del debate sobre la vivienda
social
. Artículo de la Revista Scripta Nova, de la Universidad de Barcelona. Resumen:

Durante
los años veinte hubo en España un intenso debate sobre el problema
de la vivienda mínima al chocar el planteamiento defendido en
el resto de Europa con el vigente aquí desde la aprobación en
1911 de la Ley de Casas Baratas. Esa discusión es decisiva para
centrar el problema de la vivienda social desde 1939 hasta hoy.
En España, al contrario que en Europa, se promulgó una ley que
fomentaba la especulación primando los intereses particulares
sobre los colectivos al imponer como árbitros de la cuestión a
los principales beneficiados por las subvenciones oficiales: promotores
y constructores. Solo los arquitectos defendieron desde el comienzo
los intereses generales de la sociedad frente a los particulares.
Hasta 1976 no se consiguió introducir en la Ley de Viviendas de
Protección Oficial la mayoría de los parámetros que defendieron
los arquitectos en los años veinte, al incluir el concepto de
“mínimo confort deseable”.